martes, 3 de enero de 2012


Revocatoria de la Alcaldesa de Lima

- Fundamento jurídico: Const. Plt. 1993; Ley 27972 (LOM); Ley 26300
- Finalidad: derecho ciudadano del control de sus autoridades
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Tema muy candente y verdaderamente provocador éste de promover la Revocatoria de la actual Alcaldesa de Lima, doña Susana Villarán.

La Revocación es una figura en verdad novedosa, incorporándose por primera vez por la vigente Constitución Política de 1993 (art.2, inciso 17), siendo consagrado como derecho fundamental de la persona.

A no dudarlo, estamos ante un legítimo mecanismo del control ciudadano sobre la gestión que desempeñan las autoridades a quienes se ha elegido confiándoles el buen gobierno y la administración eficaz de nuestra ciudad, nuestra casa.

¿Por qué se revoca a una autoridad?

La Ley No. 26300, que norma la materia, señala las principales causales:

a) Pérdida de confianza con el pueblo; b) Asumir con desinterés y negligencia sus funciones; c) Abuso del poder; d) Falta de respuesta a la demanda de servicios para la comunidad; e) Contrato de familiares en el municipio (nepotismo); f) Realizar una mala administración del vaso de leche; g) Incapacidad para dialogar o escuchar; h) Incumplimiento de promesas ofrecidas en campaña; i) No reconocer los acuerdos del Concejo Municipal; j) Hallarse habituado al consumo de licor; k) Utilizar los bienes de la municipalidad para fines personales; l) No vivir en la localidad; ll) Malversar los fondos del municipio; m) Se asignan dietas indebidas; n) Cometen irregularidades en las licitaciones de obras; ñ) Maltratar a la población.

Se pueden advertir causales de un carácter abiertamente subjetivo; y otras más vinculadas al propio ejercicio de la función.

La ley exige que la acción de revocación se ejercite al segundo año del ejercicio del cargo.

Y la demanda no tiene que estar todavía probada, siendo suficiente hallarae fundamentada.

Al respecto, algunas consideraciones:

1) La sola fundamentación de la demanda, sin aportar la prueba de la causal invocada, es dejar la puerta abierta al ingreso de peticiones encendidas de odiosidades fanáticas e incontenible revanchismo político de parte de sectores sociales y políticos contrarios a la autoridad en cuestión, principalmente de aquellos que fueron derrotados en la lid electoral.

2) Del mismo modo, considerando la complejidad existente en el gobierno de una ciudad tan grande, caótica e informal como Lima, la solicitud de revocatoria de la Alcaldesa, recién terminado el primer año de su gestión (cinco años), resulta un tiempo insuficiente y hasta cierto punto, sumamente injusto.

Ciertamente, quienes hemos tenido un recorrido profesional por la alta gestión pública, sabemos de sobra que el primer año queda muy corto para poder aprehender el teje y maneje de la función municipal. Normalmente, y que es en el segundo año donde ya lo aprehendido lo posesiona a uno mejor en el manejo del cargo.

No sé qué causal o causales específicas, subjetivas o de naturaleza funcional, se estarían formulando en la petición de revocatoria que se viene promoviendo en contra de doña Susana Villarán en el afán de lograr sacarla de su cargo de Alcaldesa de Lima, una hazaña política histórica nunca antes vista contra ningún burgomaestre de la Capital.

Legalmente se puede poner en marcha esta petición pues, como se ha visto, los requisitos exigidos por ley son de sencillo cumplimiento, en verdad, una demanda de mero trámite.

Mas, ¿le conviene a nuestra Capital soportar la andanada de paralización de obras públicas que sobreviene detrás de la petición, verse ahogada bajo una ola de inestabilidad e incertidumbre de tener que trabajar, contratar y negociar en torno de una Alcaldesa cuya gestión se encuentra en proceso de revocatoria?

Si entre el trámite de la revocatoria, el período en que quedaría paralizada la gestión municipal, el nuevo proceso de elecciones que se promovería para designar al Alcalde reemplazante, la fecha en que éste sumiría el cargo, y el tiempo mínimo que debe transcurrir para adaptarse al manejo de la gestión, correrían entre dos años y medio a tres, es decir, quedando para el ejercicio de la nueva gestión apenas un año, considerando que al terminar ese mismo año arrancan las elecciones regulares para elegir al nuevo Alcalde, ¿vale la pena llevara adelante la revocatoria de la actual Alcaldesa de Lima?

¿Qué se ganaría? O, más bien, ¿no sería Lima, la gran perdedora? Al final, ¿no perderíamos todos los peruanos?

Nueva York, Barnes & Noble, invierno del 2012.

Luis Alberto Castillo.

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